¿Es legal el consumo de marihuana en Argentina?
17Ago21El Presidente se involucró en el debate sobre la legalización de la marihuana. No pareciera que Alberto Fernández estuviera colaborando para apaciguar los prejuicios.
El miércoles 11 de agosto, en su cuenta de Twitter, Alberto Fernández publicó junto a un video el siguiente texto:
“Basta de hipocresía. La marihuana daña, pero el mayor problema que tenemos con la juventud es el alcohol y no se afectan por eso. Debemos abrir un debate en algún momento sobre la legalización de la marihuana”.
El video es un extracto de la entrevista que le hizo Julio Leiva en su programa “Caja Negra” de Filo News ese mismo miércoles. No es casual que Alberto Fernández retome el tema del cannabis para uso recreativo en momentos de campañas, no es casual que lo haga en el programa televisivo que lo hizo. En su campaña presidencial aseguró que el horizonte era la ley de cannabis que funciona desde hace varios años en Uruguay, ahora (ante un nuevo escenario pre electoral) vuelve a la carga y nos invita a sacarnos la careta para abrir “en algún momento” el debate sobre la legalización de la marihuana. El tema lo plantea en “Caja Negra”, un programa que tiene llegada a la juventud por donde han desfilado músicos, actores y referentes de internet. Por esas entrevistas pasaron Bizarrap, Trueno, Duki, Ibai Llanos y fue donde L-Gante dijo que sus primeros temas los hizo “con la compu del gobierno y un micrófono de $1000”.
Volviendo al tuit con el que Fernández propone abrir el debate: por los pocos elementos que ofreció en sus declaraciones, no pareciera que el presidente esté colaborando para apaciguar los prejuicios. Arranca diciendo que “la marihuana daña” y lo compara con el tabaco y el alcohol por los perjuicios generados. Alberto habla de “cannabis” o “cáñamo” cuando se destacan las virtudes medicinales e industriales de la planta y de “marihuana” cuando se refiere al consumo recreativo. Si la intención era lanzar un debate sin hipocresías, esto se parece bastante a un ancla.
El juego de la Oca
La ley 27350, sancionada en marzo de 2017, había sido muy criticada por la comunidad de usuarios, médicos, militantes y cultivadores debido a que disponía de restricciones reglamentarias que generaban barreras al acceso al cannabis por parte de la población. Según la ONG “Mamá Cultiva” la ley del macrismo era insuficiente porque no contemplaba tres pilares fundamentales: el autocultivo, el cultivo solidario y el cultivo comunitario.
En noviembre entró en vigencia la nueva reglamentación de la “Ley Nacional de Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados”. En esta nueva etapa se crea el denominado “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN) que “registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”. El REPROCANN habilita el autocultivo medicinal. El registro es virtual y se necesita tener una receta de unx médicx habilitadx.
Hay 4 perfiles de registro:
- “Persona en tratamiento con fórmulas con cannabis medicinal”. Es para las personas que estén en tratamiento. Este es el que hay que elegir para autocultivo personal.
- “Cultivo o tenencia de plantas o derivados del cannabis para uso medicinal”. “Ingresar como cultivador”. Es para lxs “Cultivadorxs solidarixs” (productorxs de cannabis para tercerxs que estén en tratamiento).
- “Médico, profesional de la salud que preescribe el cannabis con fines medicinales”. Es para lxs profesionales de la salud. Lxs médicxs que recetan los tratamientos con marihuana tienen que estar registradxs en el REPROCANN.
- “ONGs vinculadas a la salud”. Destinado a organizaciones que promuevan el cultivo en red o comunitario.
Es el Ministerio de Salud el organismo que aprueba o rechaza el permiso. Si está todo bien, a los pocos días te llega una credencial de “Persona autorizada para cultivo controlado y transporte”. En la acreditación se aclara cuáles son los límites máximos permitidos de tenencia: “Florecidas autorizadas: 9”; “Transporte permitido en frascos de hasta 30 ml, entre 1 y 6 como máximo” y “Transporte permitido de flores secas, hasta 40 grs”.
Lo que no dice en la credencial, pero sí lo explicita en el momento del registro virtual es que el espacio habilitado para cultivo es de 6 m2. El plazo de vigencia de este certificado de autorización emitido por el REPROCANN es de 1 año desde la fecha de emisión.
Daniela es una usuaria de aceite de marihuana. “Hace un tiempo me recetaron tomar pastillas para mejorar mi sueño porque sufro de insomnio. La propuesta médica no me cerró y opté por esta salida más natural y autogestiva. Los resultados fueron excelentes.” Ella es una más de lxs miles de usuarixs que han mejorado su calidad de vida incorporando a su rutina el consumo de fitocannabinoides. Daniela se registró en el REPROCANN y cuenta que es muy sencillo hacerlo: “un médico registrado me hizo una entrevista virtual, me cobró $5000, se hizo cargo de todo el trámite y a los pocos días ya tenía mi certificado de autorización”. Resumiendo: en estos últimos meses se avanzó progresivamente en varios aspectos centrados en el uso de la marihuana como medicinal e industrial. Ahora en campaña electoral se saca a la luz el debate del consumo recreativo. Veremos cuáles son los verdaderos alcances de esta iniciativa.