ARA San Juan: el viaje de placer que desprecia al viaje del horror

ARA San Juan: el viaje de placer que desprecia al viaje del horror

18Mar22 0 Por Darío Balvidares

En una causa de múltiples entradas, en la que los familiares de los 44 tripulantes del submarino hundido, claman por justicia, el procesado, por ahora sólo por espionaje ilegal, Mauricio Macri, obtiene las dispensas del juez Julián Ercolini, a cargo de la causa desde que tramita en Comodoro Py, para viajar al exterior.

Hace sólo unos días, el 8 y 9 de marzo, el expresidente estuvo en Uruguay; en estos días desde el 13 al 21 en los Estados Unidos y desde el 25 al 9 de abril su derrotero es España, Italia, Qatar, vale aclarar que además la parada en Italia es para participar en un torneo de bridge.

El periplo del procesado se mantiene en reserva según solicitó su defensa para “evitar que se avasalle su intimidad y privacidad”, a lo que el juez Ercolini hizo lugar, desestimando el pedido de la querella con el siguiente argumento: “decisión de acceder al pedido de mantener en reserva vuelos y lugares de alojamiento no le causa agravio a la parte querellante  (…)  (Macri) siempre ha dado cabal cumplimiento de las obligaciones dispuestas en anteriores viajes al exterior”.

No es posible no emitir opinión. El procesado por espionaje ilegal y junto a ex funcionarios de su gobierno también procesados (Silvia Majdalani y Gustavo Arribas –AFI-), es quien solicita que se le respete la “intimidad y privacidad”; ese argumento es una afrenta pletórica de impudicia o tal vez una declaración inconsciente de su propio accionar.

La jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez citó a prestar declaración a Fernando de Andreis, exsecretario general de la presidencia y al ex ministro de Defensa, Oscar Aguad y al ex jefe de la Armada, Marcelo Srur.

Pero las citaciones continúan convocando a prestar declaración bajo juramento de decir la verdad a Pablo Cousellas, exsecretario de Legal y Técnica y al exjefe de asesores, Pablo Torello, funcionarios que acompañaban al expresidente, Mauricio Macri, diariamente.

La jueza pretende reconfigurar con los testimonios cómo se enteró el ex presidente Macri del hundimiento del submarino, cuál fue la información y qué medidas se tomaron a partir de la información.

Recordemos que en la causa del hundimiento, fue la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia la que en noviembre de 2020 la reimpulsa, cuando le ordena a la jueza que determine la eventual responsabilidad penal de Mauricio Macri, Oscar Aguad y Marcelo Srur.

También la Cámara confirma los procesamientos del excomandante de la fuerza de submarinos Claudio Villamilde; el excomandante de adiestramiento y alistamiento naval Luis Enrique López Mazzeo; el exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos Héctor Alonso; y el exjefe de departamento de operaciones Hugo Miguel Correa, entre otros procesados por Marta Yáñez.

Réplica ARA San Juan Puerto de Mar del Plata / crédito: tramas – periodismo en movimiento

Todos procesados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte en concurso ideal, por el hundimiento del ARA San Juan, cuyo último contacto se produjo el 15 de noviembre de 2017.

También recordemos que la querella mayoritaria representada por la Dra. Valeria Carreras había requerido las indagatorias de Macri, Aguad y Srur. Ese requerimiento fue acompañado por el fiscal ante el tribunal de apelaciones, Norberto Bellver, considerando que  los exfuncionarios tuvieron responsabilidad penal en el hundimiento.

El tribunal integrado por Javier leal de Ibarra, Aldo Suarez y Hebe Corchuelo de Huberman resolvieron que:  “Deberá indagarse y acreditarse en el expediente, el conocimiento por parte del Ministerio de Defensa y del titular del Poder Ejecutivo, sobre la realización del ejercicio naval, de la importante envergadura que significaba el que puso en marcha la Orden COAA 14/17; como asimismo las constancias que den cuenta de los recortes presupuestarios que afectaban a las fuerzas armadas y en particular a los buques que participaban del mismo”, dice la resolución.

Y agrega que: “Del mismo modo, no se ha indagado sobre las autorizaciones ministeriales, asignaciones presupuestarias, si ha mediado una política de ajuste y qué incidencia pudieron tener en la calidad, frecuencia y eficiencia de las tareas de mantenimiento, empezando por la reparación de ´media vida´ como relevante para el estado de alistamiento que presentaba el SUSJ en octubre y noviembre de 2017”.

Estas razones impiden -al menos en este estado del proceso- descartar definitivamente, que el Ejecutivo Nacional por vía del Ministerio de Defensa y a través de sus secretarías de Estado respectivas, no tuviera participación alguna en los hechos que se investigan”, concluyeron los jueces, a la vez que en el mismo sentido  vincularon al jefe de la Armada, vicealmirante Marcelo Srur.

Con los nuevos testimonios se abren nuevos escenarios sobre las responsabilidades del hundimiento puesto que el mismo tribunal ya había dispuesto pericias técnico – informáticas sobre el material fílmico y fotográfico correspondientes al hallazgo del submarino que efectuara la empresa Ocean Infinity y que se suma al conjunto de pruebas.

El ARA San Juan desapareció el 15 de noviembre de 2017, el ex comandante del buque Cabo de Hornos de la Armada chilena, César Miranda, había pasado la información de la localización del naufragio, 11 días después de su desaparición, lo que queda confirmado cuando “la localización que realiza, efectivamente, el Ocean Infinity, es la misma”, dijo Miranda al diario El Mercurio.

La información del ex capitán chileno quedó confirmada cuando el entonces contraalmirante de la Armada Argentina, Enrique López Mazzeo, declaraba ante la misma Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, que el buque Cabo de Hornos había dado con la ubicación del San Juan 20 días después de su desaparición.  Incluso en esa misma audiencia,  López Mazzeo afirmó que si se revisa toda la documentación se podrá observar que cuando firmó “el cierre del caso SAR (por la búsqueda y rescate)” ya tenían “detectada la posición del submarino” y por eso habían “coordinado con la Marina Británica el 5 de diciembre (de 2017) el pedido de un vehículo autónomo”.

Si esto es así y no tiene porqué no serlo: ¿qué intereses anodinos están detrás del encubrimiento?

 Como consignáramos en la nota de tramas (1/11/21) la empresa Igeotest Geosciences SL,  especialista en prospecciones del lecho marino y tendido de plataformas de hidrocarburos, algo bastante ajeno a la búsqueda de un submarino. Según una investigación de la querella, el telón de fondo era la exploración de la plataforma marina del Atlántico Sur dentro de la zona donde posteriormente fue hallado el submarino.

Igeotest, a punto de ser contratada por el entonces gobierno de Macri, iba a recibir 4 millones de dólares se encontrara o no el submarino; lo que después no prosperó,  gracias a la denuncia de la abogada Carreras, quien  afirmó que: “pudimos probar que Igeotest estaba quebrada, que tenía nexos con la Armada y que la oficina de Modernización de Ibarra se deslindó de responsabilidades, algo grave en el tema de la contratación”.

Réplica ARA San Juan Puerto de Mar del Plata / crédito: tramas – periodismo en movimiento

Difícil hacer una síntesis de esta causa compleja que tiene tres focos principales: hundimiento; encubrimiento; espionaje ilegal. Sin embargo a medida que se profundiza la investigación y aparecen las declaraciones de los propios testigos el panorama de responsabilidades penales va adquiriendo mayor sustento.

1) funcionamiento defectuoso del snorkely la válvula E19, que presuntamente fue el factor determinante, según lo planteado por el fallecido comandante Pedro Fernández. En relación con esto es la averiguación de qué ejercicios estaba realizando el submarino.

2) ¿El encubrimiento sobre el hallazgo respondió a los “futuros negocios empresariales” de explotación de hidrocarburos?

3) El procesamiento por espionaje ilegal resuelto por el juez Martín Bava a Mauricio Macri dice claramente: “DICTAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de Mauricio Macri, de demás datos personales obrantes en el encabezado de la presente, por encontrarlos prima facie penalmente responsables del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de autor, en virtud de haber posibilitado la producción de tareas de inteligencia ilegal, generado las condiciones para que se pudieran llevar a cabo, almacenado y utilizado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban, así como en virtud de haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos, en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo y en las personas; en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad de funcionario público en carácter de autor…

Decíamos a principios de esta nota que el actual juez de la causa de espionaje, Julián Ercolini dispensó los viajes del procesado e hizo lugar al repudiable argumento de la solicitud de la defensa sobre mantener en la reserva detalles del periplo de placer de Mauricio Macri para  “evitar que se avasalle su intimidad y privacidad”.

Argumento por el cual el ex mandatario, justamente, está procesado, por avasallar la intimidad y privacidad de los familiares de las víctimas que el cinismo político de su gestión sistematizara en el espionaje ilegal.

La complejidad de la causa amerita una profunda investigación de todos los involucrados, pero también de los que en lugar de avanzar con su tarea, la retrasan o la pretenden clausurar, sean jueces, juezas o fiscales.

Darío Balvidares

Imagen destacada: Réplica en el puerto de Mar del Plata / crédito: tramas-periodismo en movimiento